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Foto del escritorHumberto Guatibonza

PROBLEMAS CONEXOS AL HACINAMIENTO DE ESTACIONES DE POLICÍA

A propósito del asesinato número catorce (14) de un policial en servicio y con ocasión del servicio en la era de la Petro seguridad humana1


Postillas de coyuntura - 027/22

Bogotá, octubre de 2022

 

El crecimiento del hacinamiento que llega al 150% se muestra sin control y acciones que contengan las fallas registradas en Instalaciones de Policía, URIS y en las mismas cárceles de Colombia. Esta es una omisión que no controlan las instituciones que defienden los derechos humanos e investigan este tipo de faltas y generan o facilitan otro tipo de delitos como son la fuga de presos y las consecuencias gravísimas a los funcionarios que tienen la función y custodia en sus traslados, los cuales son víctimas también en su seguridad. Se conoce de los problemas generados en instalaciones no adecuadas para la detención de involucrados en diferentes hechos delictivos, su traslado a diferentes lugares sin protocolos que minimicen los riesgos de seguridad tanto a presos, retenidos, detenidos o capturados.

Existen normas que regulan procedimientos en la judicialización, reclusión, custodia de reos y condenados. Pero no son asignados los recursos necesarios materiales y financieros para que los sitios adaptados para el cuidado de estas personas que han violado la ley, mantengan la disposición y disponibilidad en las cárceles; y así evitar que, en sitios no determinados para su estadía, se facilite de una u otra forma la fuga de convictos que tanto le hacen daño a la sociedad colombiana.

La asignación del presupuesto se determina para ayudar económicamente a delincuentes en tanto que no se hace para que estos desadaptados sociales respondan legalmente ante las autoridades por los delitos cometidos que ya han afectado una parte de la sociedad.

El Estado tiene la responsabilidad ineludible de brindar las condiciones necesarias para proteger la vida, honra y bienes de todas las personas residentes en Colombia. Así también asegurar a las personas que han infringido la ley para evitar continúen infringiendo las normas y por cuanto no son una garantía para la misma sociedad. Y esta misión del gobierno no se está cumpliendo ya que este tipo de personas cuentan con derechos inviolables que demandan la atención permanente, sin permitir que evadan el juzgamiento y la justicia a aplicar.

Los traslados de detenidos desde las estaciones de policía podrían ser evitados si estos permanecen en los centros de reclusión y rehabilitación, contando estos con centros de atención médica y odontológica. Las estaciones de policía no tienen por qué mantener detenidos en sus instalaciones. Estos sitios son únicamente centros de retención transitoria. La institución que debe cuidar de los detenidos es el INPEC.

De otra forma, el traslado de detenidos a Centros de Atención Médica y Odontológica u otros sitios coloca en riesgo la vida y la integridad de personas ajenas a esta problemática y genera acciones legales en contra del mismo estado que demandan costos onerosos por las fallas en el servicio.

El talento humano de la Policía Nacional debe cumplir con su función constitucional, de atender los problemas de convivencia y seguridad a través de sus cuadrantes en el campo preventivo, disuasivo y de judicialización, se debe evitar restar con estas "ocupaciones" de carceleros no propias del quehacer policial, la capacidad de presencia efectiva y real en el servicio de Vigilancia urbana.


1 patrullero Einer Beltrán Arrieta

CEPCOM14@aol.com direccion@cepcom.net NIT:901.490.098-0 1

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