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Uso ilegítimo de las armas, actos violentos y falta de acciones legales


 

Postillas de coyuntura - 019/21

Bogotá, julio de 2021

 

Labores de inteligencia y trabajos reporteriles han presentado imágenes al interior de los llamados “campamentos de resistencia de las primeras líneas” en diferentes ciudades del país.


Llama la atención el uso y entrenamiento que se hace por parte de los integrantes de las autoproclamadas “primeras líneas” de armas blancas, contundentes y lanzadoras, para enfrentarse abiertamente a la fuerza pública, como si ellos fueran una fuerza legalmente constituida.


A ese respecto algunas consideraciones:


1. El uso mal intencionado de las armas de todo tipo y fabricación (contundentes, corto-punzantes, blancas y de fuego, hechizas, de fabricación artesanal o bélicas), que vienen siendo empleadas por bandas de criminales que se han denominado primera línea, actuando en desórdenes que han conllevado actos vandálicos en contra de muchos colombianos.


2. La utilización de este tipo de armas en las marchas violentas busca hacerle daño a la sociedad, utilizando vías de hecho, totalmente ilegales, por cuanto bajo ninguna ley están amparadas, y deben ser judicializados quienes las porten, pues con ellas realizan actos violentos y de barbarie, con éstas intimidan, amenazan y atentan contra las personas que en su derecho a su libertad y movilidad se desplazan a sus diferentes actividades.


3. En su forma arbitraria e ilegal de actuar los violentos han interrumpido el paso hasta de ambulancias, con resultados de pérdida de vidas humanas, atentando de esta manera contra el orden legal de todo el país.


4. La policía en cumplimiento de su función ha dado captura y colocado a disposición de las autoridades legítimas los victimarios de diferentes hechos delictivos, pero estos han sido dejados en libertad pues para esas autoridades “no constituyen una amenaza a la sociedad”; lo que ha incrementado los actos violentos y el caos en la sociedad.


5. El porte o uso de las armas de diferentes tipos debe estar en manos del estado y las autoridades legítimamente constituidas y autorizadas mediante leyes y reglamentos. Su uso obedece al cumplimiento de un deber legal en aras de preservar el bien común y guardar la vida, honra y bienes de los colombianos, además de hacer retornar el orden y la paz necesarios.


6. Los violentos no están autorizados evidentemente a portar, trasladar o a hacer uso de diferentes armas en forma indiscriminada por cuanto esto atenta contra los derechos de los demás ciudadanos, por lo tanto, es deber de todas las autoridades hacer cumplir la ley establecida sin dilaciones, ni preferencias, excusas o justificaciones. Los que actúan con violencia están obligados a responder por los abusos, daños económicos a la propiedad pública y privada y por todos los delitos que hayan cometido, estos deben responder por sus actos y ser juzgados conforme a las normas legales vigentes en el país.


7. Las armas son elementos o instrumentos utilizados para agredir a otra persona o para defenderse, y de acuerdo con la lesión que se cometa con ellas, quien las usa es responsable ante la ley.


8. La Policía Nacional en Colombia hace uso legal de las armas para la defensa de los ciudadanos y de sí mismos. Por lo tanto, no se concibe que ciudadanos del común bajo la excusa de la protesta social se armen ilegalmente para atacar a la fuerza pública, y menos que congresistas que son también funcionarios públicos los apoyen.



A manera de conclusión:


Las autoridades administrativas en cumplimiento de su deber legal deben disponer si es necesario el empleo de la fuerza del estado consignada en la fuerza pública, para preservar el orden y proteger la vida de los colombianos.


La paz y el orden social deben ser la bandera de las autoridades judiciales y de policía.

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